Aumento de ingresos municipales con la inspección y tributación de instalaciones de energías renovables.
En España hay actualmente muchos municipios que acogen instalaciones de producción de energías renovables y la realidad es que, en muchas ocasiones, los municipios carecen de personal inspector especializado para aplicar una correcta imposición de los impuestos locales como el IAE o el ICIO. Esta circunstancia puede suponer una pérdida de ingresos potenciales.
Pese a que en los últimos años las energías renovables en España han sufrido los recortes en beneficios fiscales y subvenciones por parte de la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, son muchas las instalaciones esparcidas por el territorio que sí deben cumplir con su tributación en el ámbito local. Sin tratarse de edificaciones, sí son instalaciones, y por tanto están sujetos a la tributación por el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
En numerosos casos, los municipios están perdiendo un importante potencial recaudatorio por una nula o mala aplicación de los impuestos locales, y esto es debido en buena parte a no disponer de personal experto que conozca tanto la normativa aplicable en aerogeneradores y placas solares como los aspectos técnicos de dichas instalaciones.
En cuanto al ICIO, hay que señalar que existían muchas consultas vinculantes a la Dirección General de Tributos en las que se decía de forma clara que en la base imponible se debía incluir el coste de los equipos necesarios para la captación de energía, pero no fue hasta la Sentencia del Tribunal Supremo de mayo de 2010 cuando se determinó que “forma parte de la Base Imponible el coste de todos los elementos necesarios para la captación de energía que figuren en el proyecto para el que se pidió la licencia de obras y carezcan de singularidad o identidad propia respecto de la instalación realizada.”
De igual forma, estas instalaciones productoras de energía eléctrica deben tributar por cuota municipal a efectos del Impuesto sobre Actividades Económicas. En el caso de que el Ayuntamiento disponga de la delegación de la inspección del impuesto, se podrá realizar la oportuna comprobación, pues en muchos casos se comprueba que no están de alta en el censo del impuesto.
CGI está actualmente colaborando con diversos ayuntamientos andaluces en trabajos de inspección y regularización del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, así como en la Tasa de Licencia Urbanística, con objeto de localizar el fraude fiscal que en este tipo de obras se ha producido debido a que hasta el año 2010 sólo se tenía en cuenta para el cálculo de la liquidación provisional el coste de la obra civil. Entre estos municipios se encuentran Lepe, Carmona, y La Palma del Condado, en los que se iniciaron expedientes de inspección de ICIO por la ejecución de huertos solares, así como en La Puebla de Guzmán y San Silvestre, municipios en los que está situado el segundo mayor parque eólico de Europa.
Los buenos resultados que se están obteniendo por CGI en estos municipios de las provincias de Huelva y Sevilla demuestran la importancia de realizar inspecciones en concepto de ICIO de este tipo de obras que cuentan con la característica especial de la inclusión en la base imponible del coste de la maquinaria. Los municipios que no lo estén haciendo deben ser conscientes de que están perdiendo un importante potencial recaudatorio, y dado que a menudo estas instalaciones están situadas en poblaciones poco habitadas o con baja actividad económica, obtener estos ingresos adicionales puede suponer una mejora sustancial de los servicios públicos y la calidad de vida de los ciudadanos.