Tramitación de contratos de gestión de ejecutiva y multas a través de la Central de Contratación durante la vigencia del estado de alarma

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admin

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marzo 27, 2020

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La grave situación sanitaria que se está produciendo en España tiene evidentes consecuencias en el funcionamiento de las entidades locales, siendo una de ellas la suspensión automática de todos los plazos administrativos derivados de los procedimientos de contratación que estaban abiertos, en aplicación de la disposición adicional tercera del RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

En este contexto, la Central de Contratación de la FEMP ha emitido un documento de indicaciones en el que se ofrece una solución amparada por el citado RD 463/2020 para iniciar o continuar los procedimientos de contratación mediante  contratos basados en Acuerdos Marco, con el objetivo de que las entidades locales interesadas puedan impulsar estos procedimientos para una gestión más eficiente de las multas y la recaudación ejecutiva,  entre otros, aprovechando las ventajas que aportan dichos Acuerdos Marco.

En el documento de indicaciones citado se detallan diferentes supuestos, según la decisión a adoptar por cada órgano de contratación, el tipo de contrato a tramitar o el estado en el que se encuentre cada expediente (para iniciar o para continuar).  Para más información y para acceder a la documentación necesaria para la tramitación de cada contrato, se puede consultar la página web de la Central de Contratación de la FEMP y también el apartado específico de la página web de CGI, en el que se detalla de modo esquemático el funcionamiento de los servicios de asistencia y colaboración.

La contratación de estos servicios se efectúa de una manera ágil y sencilla, si el Ayuntamiento es miembro de la Central de Contratación, ya que tan sólo hace falta una resolución de adjudicación, y la posterior firma del contrato basado, que se puede hacer de modo electrónico.

CGI facilita la tramitación de denuncias por desobediencia al confinamiento

CGI dispone de un equipo técnico experto en la tramitación y gestión de sanciones administrativas que, ante la sobrecarga de trabajo en un tiempo limitado que supone la tramitación de las denuncias efectuadas por desobediencia o resistencia al confinamiento decretado, puede ofrecer una solución eficaz y rápida a las entidades locales.

Algunos ayuntamientos nos han planteado si existe alguna forma rápida de contratación de colaboración en la prestación de este servicio. Ante esta consulta, indicar que, independientemente de la figura del “contrato menor”, que solo requiere para su adjudicación la firma del Alcalde o cargo que tenga delegadas estas facultades, existe la posibilidad -para aquellos Ayuntamientos que tengan firmado un contrato basado con la FEMP para la gestión de multas de tráfico- de firmar una “addenda” al mismo para la gestión de las denuncias por desobediencia o resistencia al confinamiento, en las mismas condiciones que las establecidas para el contrato basado para la gestión de multas de tráfico.

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